Descripción
Hasta ahora, prácticamente no existía ninguna regulación sobre cómo asegurar la carga sobre un camión. La única referencia al respecto en todo nuestro ordenamiento jurídico era el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003) Art 14, que indicaba lo siguiente:
La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, de tal forma que no puedan:
A) Arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa.
b) Comprometer la estabilidad del vehículo.
c) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
La nueva normativa, un cambio muy importante
El RD 563/2017. Este Real Decreto regulará las inspecciones técnicas que se harán a los vehículos comerciales en el territorio español. En su anexo III determina una serie de normas técnicas, entre las que figura la EN12195-1:2010, que deberán aplicarse en la fijación de cargas en camión. Y por tanto, es una regulación muy concreta y cuantificable, frente al subjetivismo y poca precisión de la regulación actual.
¿Conoce la nueva estiba de mercancías en camiones? ¿Quieres conocer todo lo que debes saber sobre la estiba de mercancía de camiones?
Cuando hablamos de la estiba, nos referimos a la colocación y distribución de las mercancías de forma correcta en nuestro vehículo de transporte. De esta forma, incluye la sujeción de la carga para evitar posibles movimientos o desestabilizaciones durante el trayecto que puedan acarrear algún peligro.
Hasta hace pocos años este era un ámbito que apenas contaba con legislación. A día de hoy está regulada, y no cumplir con sus parámetros puede conllevar serias sanciones.
La última ley sobre la estiba de mercancía de camiones
Antes de entrar en vigor la última normativa, el Reglamento General de Circulación del año 2003 estipulaba: “La carga transportada en un vehículo debe estar dispuesta, y si fuera necesario sujeta, de tal forma que no se pueda arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa, comprometer la estabilidad del vehículo o producir ruido u otras molestias que puedan ser evitadas”.
Se calcula que entre el 25% y el 45% de los accidentes de los vehículos de transporte por carretera tienen su origen a una mala estiba de la carga.
Es por eso que el pasado 2017 se aprobó el RD 563/2017, que entró en vigor en mayo del 2018.
Este Decreto regula las inspecciones técnicas de los vehículos comerciales en el territorio español. Dicha inspección puede ser realizada de manera directa e in situ, asegurándose de esta forma de que la carga está sujeta de forma segura. En total, se realizan más de 15 mil inspecciones anuales a cargo de la Guardia Civil (un 5% del total de vehículos matriculados en España).
Para ello, los agentes pueden hacer uso de instrumentos como básculas móviles y fijas, medidores de ángulos, tensiómetros o calculadoras de estiba.
Sobre la sujeción de la carga en la estiba de mercancías en camiones
Este último decreto establece que para mantener fija la carga en el vehículo pueden utilizarse uno o varios de estos métodos de retención:
Enganche
Inmovilización (local/general)
Amarre directo
Amarre superior
Clasificación de las deficiencias
De esta manera, y si se incumplen algunas de las características, se puede incurrir en una deficiencia. Existen tres niveles:
Deficiencia leve: Cuando la carga está sujeta correctamente pero cabría formular recomendaciones en materia de seguridad.
Deficiencia grave: Cuando la carga no ha sido sujeta suficientemente y cabe la posibilidad de un desplazamiento o vuelco significativo de la carga o de partes de la misma.
Deficiencia peligrosa: Incurrimos en ella si se pone en peligro directo la seguridad del tráfico debido al riesgo de pérdida de la carga o de partes de la misma.
¿Quién es el responsable de la estiba de mercancías en camiones?
Como consecuencia de la publicación de este Reglamento, surgió la duda de quién es el responsable de ello. Para aclararlo, posteriormente se publica una Instrucción de la Dirección General de Tráfico que clarifica que “el responsable por la inadecuada sujeción de la carga en el transporte público de mercancías será, con carácter general, el cargador, salvo que expresamente se pacte que sea el porteador”.
Por ello, APROTRANS prepara el personal de empresas un curso en el que pude conocer el alcance de este cambio, la forma de implementarlo y las herramientas rápidas para poder hacerlo.
¿A quién va destinado?
A todos los profesionales que tengan que aplicar la norma UNE 12195, esta norma europea se aplica al diseño de los métodos de fijación (bloqueo, amarre y combinaciones) para asegurar las cargas en el transporte en vehículos en carretera o parte de ellos (camiones, remolques, contenedores y cajas móviles),incluyendo su transporte por barco o en tren y/o combinaciones de ellos.
OBJETIVOS
– Conocer el marco legal y recomendaciones para estar protegidos en este campo.
– Saber desarrollar desde cero los procesos necesarios para implementar los cambios
operativos y legales necesarios.
– Conocer las mejores prácticas en materia de estiba y la gestión de este campo
actividades de gestión de cargas detransporte
u operaciones de almacén.
-Conductores de vehículos comerciales.
-Personal de almacén responsable de las
operaciones de carga, descarga o estiba.
-Departamentos comerciales o de RR.HH. que
deseen ampliar la información sobre
este campo.
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