Descripción
Curso online
Consejero de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas online y semipresencial en aula virtual

- Manual.
- Acceso a test y supuestos prácticos.
- Nuestros profesores acompañan y guían al alumno en el proceso de aprendizaje.

Titulación obtenida qué incluye este curso
Certificado oficial Consejero de Seguridad
Sobre el curso:
Objetivo:
Las personas que participen en el curso lograrán adquirir las habilidades y actitudes necesarias para realizar sus funciones como Consejero de Seguridad, de manera que desarrollen los conocimientos que les capaciten para adoptar medidas necesarias a eliminar o disminuir los riesgos relacionados con el transporte, almacenamiento, carga y descarga de mercancías peligrosas.
¿Qué salidas laborales ofrece?
¿Quieres pertenecer a este sector? Esta es tu oportunidad de hacerlo, empieza a estudiar lo que te apasiona. El mundo laboral en la actualidad, es sumamente exigente y competitivo. Solo los mejores profesionales que poseen la mejor educación son los que tienen éxito. No desperdicies esta magnífica oportunidad.
LOS CARGOS QUE EJERCERÁ CON EL CERTIFICADO OFICIAL DE CONSEJERO DE SEGURIDAD EN TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
Técnico petrolífero:
Consejero de Seguridad de Explosivos, Inflamables, Toxicos, Corrosivos:
Experto en Logística:
Objetivo:
Las personas que participen en el curso lograrán adquirir las habilidades y actitudes necesarias para realizar sus funciones como Consejero de Seguridad, de manera que desarrollen los conocimientos que les capaciten para adoptar medidas necesarias a eliminar o disminuir los riesgos relacionados con el transporte, almacenamiento, carga y descarga de mercancías peligrosas.
Modalidades del curso clases:
- Clase 1 (Materias y objetos explosivos)
- Clase 2 (Gases)
- Clase 7 (Materias radiactivas)
- Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9: (Resto de Clases)
- Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas UN 1202 (Gasóleo),UN 1203 (Gasolina),UN 1223 (Queroseno),UN 3475 (Mezcla de etanol y gasolina o Mezcla de etanol y combustible para motores) y los combustibles de aviación con los números UN 1268 y UN 1863: (Productos petrolíferos).
Características principales aula virtual:
- El aula virtual es un entorno de aprendizaje donde el profesor y el alumnado interactúan, en tiempo real, a través de un sistema de
comunicación telemático. Es decir, el profesor y los alumnos coinciden en tiempo real en un entorno virtual y con bidireccionalidad en las comunicaciones.
- Es necesario un móvil, tablet u ordenador y una buena conexión a Internet.Puedes hacer el curso desde tu casa, centro de trabajo o desde cualquier lugar dentro de todo el territorio español o del extranjero.
Temario
. 1. Disposiciones generales y disposiciones relativas a las materias y objetos peligrosos.
2. Clasificación.
3. Lista de mercancías peligrosas, disposiciones especiales y exenciones relativa a las cantidades limitadas y a las cantidades exceptuadas.
4. Disposiciones relativas a la utilización de los embalajes y de las cisternas
5. Procedimientos de la expedición.
6. Disposiciones relativas a la construcción de los envases y embalajes, de los grandes recipientes para granel (CRG(IBC)),de los grandes embalajes y de las cisternas y a las pruebas que deben superar.
7. Disposiciones relativas a las condiciones de transporte, la carga, la descarga y la manipulación.
8. Disposiciones relativas a las tripulaciones, al equipamiento y a la explotación de los vehículos y a la documentación.
9. Disposiciones relativas a la construcción y a la aprobación de los vehículos.
Las pruebas para la obtención de la capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable se regulan en la ORDEN/FOM/605/2004, de 27 de febrero (BOE de 9 de marzo).
Examen
Los exámenes serán convocados y llevados a cabo por las Comunidades Autónomas, y serán éstas quienes en tiempo y forma publiquen en el Diario Oficial correspondiente la convocatoria de las pruebas.
Las pruebas se convocarán al menos una vez al año y se publicarán en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas con, al menos, un mes de antelación a la realización del primer ejercicio.