El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado varias instrucciones en las que detalla los requisitos para acogerse a la figura de «arraigo por formación», a través de la que los extranjeros puedan regularizar su situación en España.

 

 

Los cursos de formación inicial CAP tienen una duración de 140 horas.

Los inmigrantes en situación irregular que lleven un mínimo de dos años en España podrán solicitar el permiso de residencia si estudian el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) para la conducción de vehículos de transporte terrestre. La formación debe realizarse en uno de los centros recogidos por el Ministerio de Transportes (que se pueden consultar en este enlace).

Así se recoge en una de las instrucciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicadas este viernes que detallan los requisitos de formación para que los extranjeros puedan regularizar su situación a través del «arraigo para la formación», una figura legal que el Gobierno aprobó en julio de 2022 con el objetivo de facilitar la entrada de migrantes en puestos en los que faltan trabajadores, como es el caso del transporte. Hace unas semanas, el ministro, José Luis Escrivá, explicó su intención de flexibilizar las condiciones para poder acceder al arraigo para la formación e incluir, por ejemplo, la formación online.

El Ministerio de Inclusión también ha eliminado el mínimo de 200 horas de formación que se necesitaban en un principio para acceder a esta figura. Esto atañe directamente al caso del transporte, ya que los cursos de formación CAP tienen una duración de 140 horas.

 

A través de esta vía, las autorizaciones de residencia y trabajo serán de dos años de duración

 

En estas instrucciones del Ministerio también se especifica la manera de solicitar una autorización de residencia y trabajo, que será de dos años de duración, habilitará a trabajar por cuenta ajena y estará condicionada al alta en la Seguridad Social: «La atención a la situación de excepcionalidad a la que atiende la figura de arraigo para la formación comprende dos fases: una primera de residencia y una segunda de residencia y trabajo«.

Una vez superada la formación, el trabajador presentará la solicitud de autorización de residencia y trabajo ante la Oficina de Extranjería junto con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario que garantice, al menos, el salario mínimo interprofesional, o el establecido por el convenio colectivo de aplicación, en el momento de la solicitud, y prueba de haber superado la formación prevista en la solicitud de residencia.

 

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